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Hola de nuevo:1º Hola Juan José, en´principio decirte que si la financiación está a nombre de tu mujer, es unicamente a ella a la que pueden reclamar y a la que pueden meter en los ficheros de morosos (obligaciones personalísimas), de todas formas creo que lo mejor es que mires en el contrato a nombre de quien está y si es de tu sra y esta no cobra nada.....pues nada que le reclamen por via judicial, está claro que si cobra 0 el embargo es igual a 0, en el caso de que te digan que fue por teléfono solicita la grabación, si te dicen que no la hay....ya sabes si no existe el contrato pues no hay obligación (no existe ni para ellos ni para tí.En caso de que exista y la financiación este a tu nombre ya estarias obligado, claro que como dije ayer si no puedes o no quieres pagar la forma de reclamar es la vía judicial y que sea un juez el que decida lo que te embarga de la pensión.....claro que como sabréis nunca se embarga NADA que esté por debajo del sario mínimo interprofesional (alrededor de 600&euro y lo que esté por encima se embarga según lo que se cobre y según las circunstancias particulares de cada uno ( cargas familiares .....)Así que tranquilos..efectivamente si hay obligación lo mejor si se puede es pagar, pero está claro que si no se puede y se cobra por ejemplo la ayuda de 426€ ningún juez embarga nada..., así que enseñad a los que se dedican a amenazar que por las buenas se negocian soluciones.....por las malas que os reclamen judicialmente....2º...Ahh por cierto el anterior comentario que dice que los gestores de celeris no van a dejar notas...es verdad, ellos solo informan a un tercero para que deje la nota....Pero vamos si ellos que son los que cobran incentivos por el recobro conseguido no van a dejar las notas desde luego el Juez no sale del juzgado para decirle a "Pepe" el del 3º que pague a Celeris, el juez espera en el juzgado y si hay juicio contra Pepe dice si se le embarga y cuanto, de momento ellos si que no van a las casas.......Saludossssss