Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, el que nos interesa, el Artículo 1º, sigue vigente. Este Artículo 1º dice:"Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.
Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio, dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contrato."
Ahí les hemos subrayado, en negrita, la madre del cordero del asunto. Al no especificarse cuánto es exactamente un interés notablemente superior, ha sido el Tribunal Supremo el que ha ido fijando jurisprudencia a través de sus sentencias. ¿Y qué nos dicen las sentencias del Supremo? Pues que todos los contratos por encima de 2,5 veces el interés del dinero en ese momento se consideran nulos. Así que, pongamos en el caso actual, ¿a cuánto tenemos el precio del dinero ahora? Sobre un 2,5%, tomando al Euribor como referencia. Así que un préstamo que supere un interés del 2,5 * 2,5 = 6.25% debería ser declarado nulo, ilegal.CETELEM ES UNA MAFIA.Si te amenazan, graba las llamadas para DENUNCIAR, SI LLAMAN A TUS FAMILIARES Y VECINOS RECOPILA PRUEBAS Y TESTIGOS, LA MULTA PARA ELLOS POR VIOLACIÓN DE PRIVACIDAD A OTROS VA A SER DE 60.000 EUROS. UTILIZAN MATONES PROFESIONALES PARA COBRAR. Mercedes Milá de TV-5, entrevista a un ciudadano rumano que no vacila en agredir a un deudor para lograr su objetivo. Además, tiene contactos en bancos y en la policía para obtener información específica sobre la persona a la que va a amenazar. ANTE LA DUDA DENUNCIA.